Destituido e inhabilitado por 15 años juez que favoreció a una deudora para burlar las obligaciones cobradas judicialmente en otro proceso

 

Bogotá D.C, 15 de julio de 2025. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial confirmó la sentencia proferida contra un juez, que de forma irregular y dolosa, admitió y dio trámite a un proceso ejecutivo de alimentos que disfrazaba una estrategia dirigida a evitar que a una demandada le continuaran realizando deducciones a su pensión, derivada de otro asunto judicial en donde había sido embargada.

Se determinó que ninguna de las partes en ese proceso vivía en el lugar donde el juez tenía competencia, pero además, las pruebas demostraron que incluso antes de que la demanda fuese presentada en el despacho, ya se había previsto la cesión de los derechos a un tercero, que extrañamente solo allegó el documento luego de ordenarse seguir adelante con la ejecución.

De esta manera, la decisión del juez fue en abierta contravía del ordenamiento jurídico con la intención de favorecer a la demandada. La Comisión destacó que, si bien el disciplinado tenía autonomía para interpretar las leyes de manera libre, esta facultad no era absoluta y por tanto, desconocerlas de manera evidente, constituía una falta disciplinaria gravísima que conllevó a que este juez de la República fuera destituido e inhabilitado por quince años.

Sentencia del 9 de julio de 2025, radicado No. 25001110200020210001901, Magistrado Ponente: Carlos Arturo Ramírez Vásquez.

Ver providencia aquí