Abogado tendrá que meterse la mano al bolsillo por descuidar audiencias clave en caso de feminicidio

  • Su cliente fue condenado a más de 40 años de prisión por asesinar a quien fuera su compañera sentimental en un hotel de Florencia, Caquetá. 
  • El jurista no pudo justificar estar ausente en las diligencias judiciales, incluso cuando había solicitado libertad por vencimiento de términos. 

Bogotá, D.C. 25 de septiembre de 2025. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial, en fallo con ponencia del magistrado Alfonso Cajiao, confirmó la sanción pecuniaria impuesta a un abogado que dejó de asistir a tres audiencias importantes en desarrollo del proceso penal que se adelantaba contra su defendido. 

El caso está relacionado con uno de los feminicidios más atroces de los últimos años, atribuido a Rubén Darío Díaz Campos, quien a mediados de 2023 fue condenado a más de 40 años de cárcel por asesinar a su pareja en un hotel del barrio La Consolata, en Florencia (Caquetá). 

El crimen ocurrió en marzo de 2018, luego de 5 años de convivencia, durante los cuales, según la Fiscalía, se presentaron distintos episodios de maltrato ocasionados por Díaz. 

Los hechos por los cuales intervino la jurisdicción disciplinaria, y que son resultado de una compulsa de copias del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Florencia, sucedieron entre marzo y agosto de 2022, cuando fueron convocadas varias audiencias, la última de ellas citada por solicitud de la defensa a fin de estudiar una posible libertad por vencimiento de términos. 

Pese a las explicaciones del abogado, quien argumentó que para una de esas fechas se había quedado sin internet, en otra no había podido contactar a los testigos y que había sido presionado para solicitar la libertad de su cliente así no fuera procedente, la Comisión de Disciplina Judicial no halló justificación para ninguna de ellas. 

Por el contrario, demostró serias contradicciones relacionadas con la ausencia de pruebas para sustentar sus afirmaciones y con la decisión de no asistir a la última de esas tres diligencias, por el solo hecho de haberse enterado de que su solicitud había sido rechazada. 

Así las cosas, la Corte Disciplinaria le impuso una sanción consistente en multa de 8 salarios mínimos, ya que, si bien al final el proceso penal continuó hasta conocerse el fallo condenatorio por feminicidio agravado, las omisiones del jurista sí ocasionaron un desgaste innecesario a la administración de justicia. 

Frente a esta decisión hubo salvamento de voto de los magistrados Mauricio Rodríguez Tamayo y Julio Andrés Sampedro, y aclaración de la magistrada Magda Acosta.