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Jurisdicción Disciplinaria le pone lupa a asesorías legales por incumplimientos laborales en Colombia
Bogotá, D.C. julio 16 de 2025. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial dejó en firme la sanción de 3 meses de suspensión a un abogado negligente que abandonó el encargo judicial de un trabajador al que en 2021 despidieron sin justa causa de la empresa en la cual laboraba.
El mandato para que lo representara y reivindicara sus derechos, se hizo efectivo el 31 de enero de 2022, cuando acordaron un 20 por ciento como honorarios, con base en los resultados del proceso.
El ciudadano afectado por la decisión de despido argumentó una persecución en su contra a nivel de acoso por haberse opuesto a una modificación en sus condiciones laborales, dado que era padre primerizo y con su hijo recién nacido procuraba el mejor escenario posible.
Luego de varios meses sin noticias, el trabajador, ahora desempleado, buscó a su apoderado para preguntarle por la gestión, frente a lo cual manifestó que el proceso estaba en marcha y que había sido radicado ante el Juzgado Noveno de Pequeñas Causas Laborales de Bogotá.
Sin embargo, eso nunca ocurrió y cuando volvió a consultarlo salió con evasivas, viéndose el quejoso en la obligación de averiguar por sí mismo hasta encontrar que no había ninguna causa judicial a su nombre.
Cuando el expediente llegó a manos de la Jurisdicción Disciplinaria, efectivamente se estableció mediante respuesta enviada por el Centro de Servicios Administrativos Jurisdiccionales que, tras verificarse el sistema de Reparto Judicial (SARJ), no se encontraron registros del caso.
Así las cosas y ante la evidencia de los testimonios, las conversaciones de Whatsaap y los documentos aportados, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en fallo con ponencia del magistrado Julio Andrés Sampedro, declaró responsable al abogado y lo suspendió del ejercicio profesional.
A propósito de este caso, la Alta Corte advirtió que frente al nuevo panorama laboral en el país, es necesario que los profesionales del derecho que asesoren o representen a los trabajadores a quienes incumplan las condiciones establecidas, deben hacerlo con total apego a la Ley 1123 de 2007 y demás normas disciplinarias, ya que su desempeño hará parte de las acciones encaminadas a garantizar la mejor aplicación de la reforma.
En ese sentido, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial ejercerá especial vigilancia desde sus seccionales en primera instancia y en el nivel central en la instancia definitiva.