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Anulan fallo contra abogado sancionado ilegalmente
Bogotá, D. C., 3 de septiembre de 2026. La Comisión Nacional de Disciplina Judicial anuló la sentencia que suspendió por un mes a un abogado por no asistir a una audiencia dentro de un proceso penal, al establecer que esa sanción no existe en el régimen disciplinario, pues la Ley 1123 de 2007 fija para dicho correctivo un mínimo de dos meses y un máximo de tres años, límites obligatorios que los jueces deben respetar y cuya modificación desconoce los principios de legalidad y reserva legal, al crear una consecuencia no autorizada por el legislador. Esta decisión contó con salvamento de voto de los magistrados Mauricio Fernando Rodríguez Tamayo y Julio Andrés Sampedro Arrubla.
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Radicado: 73001250200020230090301 - Magistrado ponente: Carlos Arturo Ramírez Vásquez.